Esta compuesto por CONSEJEROS elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto por los españoles mayores de edad inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes de la circunscripción consular correspondiente.
LOS CONSEJOS DE RESIDENTES DESARROLLARAN
a) Derechos civiles y laborales que correspondan a los españoles en la circunscripción consular, de conformidad con el derecho internacional.
b) Inserción de los alumnos españoles en el sistema educativo del país, actividades que al amparo de la ley local o de los tratados puedan establecerse para asegurar el mantenimiento de los vínculos culturales con España y, en general, las actividades propias de la acción educativa de España en el exterior.
c) Participación de los residentes españoles en la vida política de España, de acuerdo con la legislación española, la del país de residencia y el derecho internacional.
d) Acción social y cultural a favor de los españoles.
|